Artículo 4. Competencia general.
Artículo 4 del Real Decreto 652/2017, de 23 de junio, por el que se establece el título de Técnico en actividades ecuestres y se fijan los aspectos básicos del currículo. · BOE-A-2017-7982
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-07-09.
Texto consolidado
La competencia general de este título consiste en manejar y cuidar el ganado equino en cada una de sus fases productivas, así como desarrollar actividades de guía por itinerarios ecuestres, con especial atención a la seguridad y bienestar animal, utilizando y manteniendo instalaciones, maquinaria y equipos y cumpliendo la normativa de bienestar animal, de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental.