Artículo 4. Publicaciones en línea excluidas del depósito legal.
Artículo 4 del Real Decreto 635/2015, de 10 de julio, por el que se regula el depósito legal de las publicaciones en línea. · BOE-A-2015-8338
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-10-25.
Texto consolidado
Sin perjuicio de las exclusiones a que hace referencia el artículo 5 de la Ley 23/2011, de 29 de julio, no serán objeto de depósito legal las siguientes publicaciones en línea:
a) Los correos y la correspondencia privada.
b) Los contenidos que estén albergados únicamente en una red privada.
c) Los ficheros de datos de carácter personal a los que solo tiene acceso un grupo restringido de personas.