Artículo 4. Objetivo del programa y administraciones competentes.
Artículo 4 del Real Decreto 608/2006, de 19 de mayo, por el que se establece y regula un Programa nacional de lucha y control de las enfermedades de las abejas de la miel. · BOE-A-2006-9740
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-03.
Texto consolidado
1. El programa tiene como objetivo que las explotaciones apícolas mantengan a las colonias de abejas de la miel con un nivel sanitario adecuado.
2. Corresponde a los órganos competentes de las comunidades autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla, el desarrollo y ejecución, en su respectivo ámbito territorial, del Programa nacional.
3. La coordinación se realizará por el Comité Nacional del Sistema de Alerta Sanitaria Veterinaria.