Artículo 4. Las Vicepresidencias.
Artículo 4 del Real Decreto 582/2017, de 12 de junio, por el que se crea y regula la Comisión Nacional para la conmemoración del V Centenario de la expedición de la primera vuelta al mundo de Fernando de Magallanes y Juan Sebastián Elcano. · BOE-A-2017-7813
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-19.
Texto consolidado
1. La Comisión Nacional contará con dos Vicepresidencias: La Vicepresidencia primera, que corresponderá a la persona titular del Ministerio de Defensa, y la Vicepresidencia segunda, que corresponderá a la persona titular del Ministerio de Cultura y Deporte.
2. Será competencia de las Vicepresidencias sustituir, por su orden, al titular de la Presidencia en casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2022-8120.
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