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Real Decreto Derogada 2 redacciones

Artículo 4. Ministerio de Hacienda y Función Pública.

Artículo 4 del Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2016-10459

Atención: Real Decreto 424/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Ministerio de Hacienda y Función Pública se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:

A) La Secretaría de Estado de Hacienda, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, con rango de Subsecretaría.

2.º La Dirección General de Tributos.

3.º La Dirección General del Catastro.

4.º El Tribunal Económico-Administrativo Central, con rango de Dirección General.

5.º La Dirección General de Ordenación del Juego.

B) La Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Dirección General de Presupuestos.

2.º La Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas.

3.º La Dirección General de Fondos Europeos.

C) La Secretaría de Estado de Función Pública, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º Secretaría General de Administración Digital, con rango de Subsecretaría.

2.º La Dirección General de la Función Pública.

3.º La Dirección General de Gobernanza Pública.

4.º La Oficina de Conflictos de Intereses, con rango de Dirección General.

D) La Subsecretaría de Hacienda y Función Pública, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Secretaría General Técnica.

2.º La Dirección General del Patrimonio del Estado.

3.º La Inspección General.

4.º La Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación.

2. Está adscrita a la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, la Intervención General de la Administración del Estado, con rango de Subsecretaría.

3. Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos:

a) La Subsecretaría de Hacienda y Administraciones Públicas.

b) La Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local.

c) La Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

d) La Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales.

e) La Dirección General de Coordinación de la Administración Periférica del Estado.

f) La Dirección General de Organización Administrativa y Procedimientos.

g) La Dirección General de Fondos Comunitarios.#df

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-07-29.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 769/2017, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública y se modifica el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales..

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