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Real Decreto Vigente

Artículo 4. Estructura del Consejo Médico Forense.

Artículo 4 del Real Decreto 355/2014, de 16 de mayo, por el que se crea y regula el Consejo Médico Forense. · BOE-A-2014-5738

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-01.

Texto consolidado

1. El Consejo Médico Forense es un órgano colegiado que funcionará en Pleno y por medio del Comité Científico-Técnico. A este comité le corresponde el estudio y propuesta de todos los asuntos de carácter científico.

2. Excepcionalmente, podrá solicitarse la colaboración y asesoramiento de órganos, instituciones o de terceras personas como personal experto quienes podrán asistir a las reuniones con voz pero sin voto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-06-01.

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