Artículo 4. Sede.
Artículo 4 del Real Decreto 331/2002, de 5 de abril, por el que se aprueba el Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo. · BOE-A-2002-6956
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-04-13.
Texto consolidado
La Universidad Internacional Menéndez Pelayo tendrá su sede en Madrid. Entre sus actividades de carácter permanente destacarán los cursos de verano, de los que Santander será sede académica tradicional, sin perjuicio de cuantas actividades se organicen y celebren en otros campus de localidades españolas o extranjeras.