Artículo 4. La Dirección General para la Igualdad de Oportunidades.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-10-30.
Texto consolidado
(Suprimido).
Se suprime por el art. único.4 del Real Decreto 926/2015, de 16 de octubre. Ref. BOE-A-2015-11651.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2015-11651.
Más artículos de Real Decreto 200/2012
- ← Artículo 3. La Delegación del Gobierno para la Violencia de Género.
- → Artículo 5. La Dirección General de Servicios para la Familia y la Infancia.
- Ver la norma completa: Real Decreto 200/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.