Artículo 4. Objetivos.
Artículo 4 del Real Decreto 172/2008, de 8 de febrero, por el que se delimita la zona de promoción económica de la ciudad de Ceuta. · BOE-A-2008-4484
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-03-09.
Texto consolidado
El objetivo que se pretende conseguir con la creación de la zona de promoción económica de la ciudad de Ceuta es impulsar y desarrollar el tejido socioeconómico con especial atención al aumento del nivel de vida en el territorio, en particular en sus zonas más deprimidas, a través de:
a) La promoción en la creación de empresas innovadoras y de base tecnológica que propongan inversiones basadas en proyectos de investigación, desarrollo e innovación (I + D + I) y, en general, en la innovación tecnológica, el diseño industrial y la mejora medioambiental.
b) El impulso del potencial endógeno del territorio, así como desarrollar y consolidar el tejido industrial en base a criterios de calidad, eficiencia, productividad y respeto al medio ambiente.
c) Impulsar la diversificación de los sectores turístico y comercial mediante nuevas fórmulas de distribución y nuevos productos que mejoren la oferta y la calidad de las instalaciones.