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Real Decreto Vigencia agotada

Artículo 4. Áreas.

Artículo 4 del Real Decreto 1630/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas del segundo ciclo de Educación infantil. · BOE-A-2007-185

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-05.

Texto consolidado

1. Los contenidos educativos de la Educación infantil se organizarán en áreas correspondientes a ámbitos propios de la experiencia y del desarrollo infantil y se abordarán por medio de actividades globalizadas que tengan interés y significado para los niños.

2. Los métodos de trabajo en ambos ciclos se basarán en las experiencias, las actividades y el juego y se aplicarán en un ambiente de afecto y confianza, para potenciar su autoestima e integración social.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-01-05.

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