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Real Decreto Vigente

Artículo 4. Principios de actuación de la Agencia.

Artículo 4 del Real Decreto 1118/2024, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Administración Digital. · BOE-A-2024-22929

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-11-07.

Texto consolidado

Además de los principios generales por los que debe regirse la actuación de las administraciones públicas de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente, la Agencia observará los siguientes principios básicos en el ejercicio de sus funciones específicas:

a) Autonomía, entendida como la capacidad de la Agencia de gestionar, en los términos previstos en este Estatuto, los medios puestos a su disposición para alcanzar los objetivos comprometidos.

b) Independencia técnica, basada en la capacitación, especialización, profesionalidad y responsabilidad individual del personal al servicio de la Agencia que deberá observar los valores de competencia, ética profesional y responsabilidad pública que sean de aplicación.

c) Evaluación continuada de la calidad de los procesos de gestión y de los procedimientos de actuación, que se efectuará atendiendo a los criterios de legalidad, celeridad, simplificación y accesibilidad electrónica.

d) Cooperación interinstitucional, entendida como la búsqueda de sinergias en la colaboración con otras Administraciones, agentes e instituciones, públicas o privadas, nacionales e internacionales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-11-07.

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