Artículo 4. Registro de actividades de tratamiento.
Artículo 4 de la Orden UNI/1231/2021, de 5 de noviembre, por la que se aprueba la política de seguridad de la información en el ámbito de la administración electrónica y de protección de datos y se crea la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Universidades. · BOE-A-2021-18486
Atención: Orden UNI/1231/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Ministerio de Universidades mantendrá actualizado el registro de las actividades de tratamiento con datos de carácter personal de las que sea responsable, que incluirá toda la información a la que se refiere el artículo 30 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de abril de 2016 y el artículo 31 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
El registro de actividades de tratamiento podrá consultarse en el portal del Ministerio de Universidades.
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