Artículo 4. Requisitos.
Artículo 4 de la Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil. · BOE-A-2019-2291
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-21.
Texto consolidado
1. Los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en el Reglamento, los indicados en estas normas y aquellos que se establezcan en la correspondiente convocatoria.
2. Para poder participar en el proceso selectivo será preceptivo haberlo solicitado de acuerdo con los procedimientos y modelos que se establezcan en la convocatoria, así como haber realizado el abono correspondiente de las tasas que en la misma se estipule.
3. Los aspirantes deberán presentarse en el lugar, fecha y hora que se establezca para cada prueba. La no presentación a cualquiera de las pruebas supondrá ser calificado como no apto en el proceso selectivo.
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