Artículo 4. Cálculo de la retribución de otras tareas reguladas de distribución por aplicación de los valores unitarios de referencia.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-12-13.
Texto consolidado
1. La retribución de cada uno de los términos que componen la retribución de otras tareas reguladas se calculará como la suma de las cantidades resultantes de aplicar los valores unitarios en cada uno de los tramos en que la empresa distribuidora disponga de clientes.
2. Para cada uno de los tramos, la retribución de una tarea regulada se calculará como el producto del valor unitario de referencia de dicha tarea regulada y el número de clientes que la empresa distribuidora tenga en dicho tramo.
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- Ver la norma completa: Orden IET/2660/2015, de 11 de diciembre, por la que se aprueban las instalaciones tipo y los valores unitarios de referencia de inversión, de operación y mantenimiento por elemento de inmovilizado y los valores unitarios de retribución de otras tareas reguladas que se emplearán en el cálculo de la retribución de las empresas distribuidoras de energía eléctrica, se establecen las definiciones de crecimiento vegetativo y aumento relevante de potencia y las compensaciones por uso y reserva de locales.