Artículo 4. Gestión de las ayudas.
Artículo 4 de la Orden ICT/971/2020, de 15 de octubre, por la que se desarrolla el programa de renovación del parque circulante español en 2020 (Plan Renove 2020) y se modifica el Anexo II del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo. · BOE-A-2020-12463
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-10-18.
Texto consolidado
La gestión de las ayudas regulada en el artículo 44 se realizará a través de un sistema electrónico de gestión y con las garantías exigidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la restante normativa reguladora de la Administración electrónica. Todas las referencias al procedimiento electrónico en las que se cita la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. deben entenderse realizadas a la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Más artículos de Orden ICT/971/2020
- ← Artículo 3. Vigencia del programa y plazos para la presentación de solicitudes.
- → Artículo 5. Formalización y presentación de solicitudes.
- Ver la norma completa: Orden ICT/971/2020, de 15 de octubre, por la que se desarrolla el programa de renovación del parque circulante español en 2020 (Plan Renove 2020) y se modifica el Anexo II del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo.