Artículo 4. Comisión Permanente.
Artículo 4 de la Orden HAP/847/2012, de 25 de abril, por la que se crea la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y se regula su composición y funciones. · BOE-A-2012-5587
Atención: Orden HAP/847/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Existirá una Comisión Permanente, delegada del Pleno, con sus mismas competencias, excepto las de acuerdo de elevación del plan estratégico del departamento en materia de tecnologías de la información y administración electrónica a informe del Consejo Superior de Administración Electrónica, y aquéllas que el Pleno se reserve de forma expresa.
La Comisión Permanente informará al Pleno de los asuntos tratados y de su tramitación.
Más artículos de Orden HAP/847/2012
- ← Artículo 3. Adscripción, organización y composición.
- → Artículo 5. Composición y funcionamiento de la Comisión Permanente.
- Ver la norma completa: Orden HAP/847/2012, de 25 de abril, por la que se crea la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y se regula su composición y funciones.