Artículo 4. Delegación de competencias en materia de recursos humanos.
Artículo 4 de la Orden HAC/316/2019, de 12 de marzo, de delegación de competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado. · BOE-A-2019-4051
Atención: Orden HAC/316/2019 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se delegan las siguientes competencias en materia de recursos humanos:
1. En la persona titular de la Subsecretaría de Hacienda:
a) Proponer y ejecutar, en el ámbito de sus competencias, los planes de empleo del Ministerio y sus organismos autónomos.
b) El nombramiento y cese de los Delegados de Economía y Hacienda.
c) La resolución de convocatorias de ayudas de acción social cuyo importe sea igual o superior a 300.000 euros.
d) Proponer e informar cualquier modificación relativa a los cuerpos y escalas adscritos al departamento.
e) La determinación de los servicios mínimos en el caso de huelgas que afecten al personal del departamento y sus organismos autónomos, según corresponda.
2. En la persona titular del Departamento de Servicios y Coordinación Territorial:
a) La resolución de convocatorias de ayudas de acción social cuyo importe sea igual o superior a 150.000 euros e inferior a 300.000 euros en el ámbito del Ministerio.
b) La modificación de las relaciones de puestos de trabajo del Ministerio y sus organismos autónomos.
3. En la persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos:
a) La aprobación y compromiso de los gastos, así como el reconocimiento y propuesta de pago, de las obligaciones económicas correspondientes a los anticipos reintegrables; a las retribuciones del personal del Ministerio; correspondiendo la asignación de las cuantías concretas del complemento de productividad y gratificaciones extraordinarias, en el marco de las dotaciones que se les hayan asignado, a la persona titular de la Secretaría de Estado o Subsecretaria que corresponda a propuesta de la persona titular del centro directivo o unidad correspondiente; y a las aportaciones al plan de pensiones que éste realice como entidad promotora; y la autorización, conforme a la normativa vigente, de las deducciones proporcionales de haberes.
b) La resolución de convocatorias de ayudas de acción social por importe inferior a 150.000 euros en el ámbito del Ministerio.
Más artículos de Orden HAC/316/2019
- ← Artículo 3. Delegación de competencias sobre asuntos propios de las Secretarías de Estado.
- → Artículo 5. Delegación de competencias en materia de retribuciones y asistencias.
- Ver la norma completa: Orden HAC/316/2019, de 12 de marzo, de delegación de competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado.