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Orden Vigente 2 redacciones

Artículo 4. Recomendaciones en materia de seguridad y accesibilidad.

Artículo 4 de la Orden FOM/1230/2013, de 31 de mayo, por la que se establecen normas de control en relación con los transportes públicos de viajeros por carretera. · BOE-A-2013-7218

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-21.

Texto consolidado

1. Las empresas transportistas de viajeros en autobús deberán arbitrar los medios necesarios para garantizar que los viajeros han tenido acceso a una información mínima suficiente sobre las disposiciones de viaje más relevantes y los elementos con que cuenta el vehículo destinados a garantizar su seguridad, desde el momento en que acceden al vehículo o inmediatamente antes.

2. A tal efecto, dicha información, que podrá ser comunicada oralmente o a través de cualquier medio gráfico o audiovisual, deberá hacer referencia como mínimo a los siguientes extremos:

a) Localización de puertas, accesos y salidas de socorro, así como la forma más adecuada de utilizarlas.

b) Ubicación de extintores.

c) Uso de cinturones de seguridad, cuando el vehículo cuente con ellos, así como acerca de la obligatoriedad de su utilización y de los riesgos y la responsabilidad que podría derivarse del incumplimiento de aquella.

d) Existencia de botiquín de primeros auxilios.

e) Disposiciones sobre colocación de equipajes y bultos de mano.

f) Obligatoriedad de seguir las indicaciones del conductor y demás personal acreditado de la empresa relativas a higiene, seguridad y cumplimiento de las normas que les afectan por parte de los viajeros.

g) Principales recomendaciones a seguir en caso de emergencia.

h) Condiciones de accesibilidad con que cuentan los vehículos y, en su caso, las estaciones de transporte de viajeros por carretera en las que se vaya a efectuar parada durante el viaje.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-02-21.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2019-2289.

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