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Orden Vigente

Artículo 4. Vida útil regulatoria y valor estándar de la inversión inicial de la instalación tipo.

Artículo 4 de la Orden ETU/360/2018, de 6 de abril, por la que se establecen los valores de la retribución a la operación correspondientes al primer semestre natural del año 2018 y por la que se aprueba una instalación tipo y se establecen sus correspondientes parámetros retributivos, aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. · BOE-A-2018-4749

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-04-08.

Texto consolidado

1. La vida útil regulatoria para la instalación tipo aprobada en esta orden será la siguiente:

Tecnología

Categoría

Grupo/subgrupo

Vida útil regulatoria (años)

Fotovoltaica

b

b.1.1

30

2. El valor de la vida útil regulatoria y el valor estándar de la inversión inicial de cada una de las instalaciones tipo definidas en esta orden, estarán a lo dispuesto en el artículo 14.4.1.º de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el artículo 20.1 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-04-08.

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