Artículo 4. Comisiones de coordinación de la evaluación.
Artículo 4 de la Orden ECD/594/2016, de 25 de abril, por la que se regula la realización de la evaluación final de Educación Primaria en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. · BOE-A-2016-3974
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-04-27.
Texto consolidado
Para el desarrollo de la evaluación individualizada se establecen tres niveles de coordinación vinculados a las actuaciones que se deben llevar a cabo: una comisión central, una comisión local en cada una de las ciudades de Ceuta y Melilla y en cada una de las Consejerías de Educación de las que dependen los centros en el exterior, y una comisión de coordinación de la evaluación en cada centro docente, sin perjuicio de lo previsto en los artículos 8 y 9 de esta orden.
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