Artículo 4. Actividades.
Artículo 4 de la Orden DEF/183/2022, de 7 de marzo, por la que se aprueba el Plan de Acción Individual para el Desarrollo Profesional dirigido a los militares profesionales de tropa y marinería y a los Reservistas de Especial Disponibilidad. · BOE-A-2022-4023
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-16.
Texto consolidado
Con carácter general, las actividades que se incluyen dentro del Plan se clasifican en:
a) Actividades de comunicación: orientadas a establecer los flujos de información que permitan difundir el Plan en toda la organización.
b) Actividades de formación: clasificadas en categorías básica, avanzada, transversal y complementaria. Estas actividades incluyen la realización de prácticas profesionales y se complementan con el programa de becas y ayudas del Ministerio de Defensa.
c) Actividades de orientación profesional: entendiendo como tales las que se centran en el desarrollo de la carrera militar.
d) Actividades de asesoramiento laboral: las específicas para el tránsito al ámbito laboral civil.
e) Actividades de acreditación de competencias: tanto las adquiridas por la experiencia profesional en el desarrollo de la profesión militar, como las obtenidas mediante otra experiencia laboral o vías no formales de formación.
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