Artículo 4.
Artículo 4 de la Orden de 9 de junio de 1971 por la que se crea en la Dirección General de Cultura Popular y Espectáculos un Centro Nacional de Documentación Teatral encuadrado en la Subdirección General de Teatro. · BOE-A-1971-754
Atención: BOE-A-1971-754 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los servicios de radiodifusión y televisión del Departamento, los de la Subdirección General de Acción Cultural y del Libro, la Filmoteca Nacional, la Junta de Censura de Obras Teatrales y los Organismos autónomos «Teatros Nacionales y Festivales de España» y «Noticiarios y Documentales Cinematográficos (NO-DO)» prestarán su colaboración al Centro Nacional de Documentación Teatral, procurando al mismo la documentación inicial necesaria y, de modo continuado, las aportaciones precisas para el mantenimiento y actualización de su material documental.