Artículo 4.
Artículo 4 de la Orden de 6 de abril de 1984 por la que se aprueba el papel oficial para expedición de certificaciones literales de asientos del Registro Civil utilizando el sistema de fotocopiadora u otro medio análogo. · BOE-A-1984-9043
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-06-01.
Texto consolidado
Las certificaciones expedidas en los nuevos impresos devengarán los mismos derechos que rigen en la actualidad.