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Orden Derogada

Artículo 4. Actuaciones de los reparadores.

Artículo 4 de la Orden de 27 de abril de 1999 por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, en sus fases de verificación, después de reparación o modificación y de verificación periódica. · BOE-A-1999-10359

Atención: BOE-A-1999-10359 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La persona o entidad que haya reparado o modificado un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, una vez comprobado su correcto funcionamiento y que sus mediciones se hallan dentro de los errores máximos permitidos, colocará nuevamente los precintos que haya tenido que levantar para llevar a cabo la reparación o modificación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-05-28.

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