Artículo 4.
Artículo 4 de la Orden de 20 de abril de 1990 por la que se desarrolla el Real Decreto 466/1990, de 6 de abril, por el que se regula la indemnización compensatoria en determinadas zonas desfavorecidas. · BOE-A-1990-9440
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-04-25.
Texto consolidado
Las solicitudes para poder acceder a las indemnizaciones compensatorias básicas se formalizarán en el impreso cuyo modelo normalizado figura como anexo I de esta Orden y se presentarán, para su tramitación, ante los órganos competentes de las Comunidades Autónomas. Los titulares de explotaciones agrarias que hayan percibido la indemnización compensatoria en el año anterior, utilizarán el formulario de solicitud informatizado, que se elaborará por la Secretaría General de Estructuras Agrarias.