Artículo 4. Procedimiento de concesión, ordenación e instrucción.
Artículo 4 de la Orden CUD/508/2021, de 25 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la distribución de películas previstas en el artículo 28 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine. · BOE-A-2021-8863
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-05-28.
Texto consolidado
1. El procedimiento de concesión de las ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, regulado en los artículos 23 al 27, ambos inclusive, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y 58 al 64, ambos inclusive, del Reglamento de dicha Ley, mediante convocatoria única dentro de los créditos anuales destinados a las mismas.
2. El procedimiento se iniciará de oficio mediante convocatoria de la persona titular de la Dirección General del Organismo Autónomo Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el contenido necesario que exige el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. El extracto de la convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
3. Tanto la ordenación como la instrucción se llevará a cabo por la Subdirección General de Promoción y Relaciones Internacionales, que realizará tanto los actos que sean precisos de ordenación el procedimiento como todas las actuaciones necesarias para el examen, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales determinará las solicitudes admitidas al procedimiento. Asimismo, dicho órgano formulará la propuesta de resolución.
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