Artículo 4. Infracciones y sanciones.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-09-17.
Texto consolidado
El incumplimiento de lo dispuesto en la presente orden se sancionará de acuerdo con lo previsto en el título V de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.
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