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Ley Foral Vigente

Artículo 4.

Artículo 4 de la Ley Foral 10/1991, de 16 de marzo, sobre prevención y limitación del consumo de bebidas alcohólicas por menores de edad. · BOE-A-1991-23614

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-04-06.

Texto consolidado

Queda prohibida la venta, suministro o dispensación, gratuita o no, de bebidas alcohólicas de más de 18 grados centesimales en:

a) Los Centros de Enseñanza Superior y Universitaria.

b) Las dependencias de las Administraciones Públicas.

c) Las estaciones y áreas de servicio de autovías y autopistas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1991-04-06.

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