Artículo 4. Régimen de protección.
Artículo 4 de la Ley 9/2002, de 22 de octubre, de la Reserva Natural Integral de Muniellos. · BOE-A-2002-23344
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-11-24.
Texto consolidado
1. En el ámbito de la Reserva está prohibida cualquier actuación consuntiva de sus recursos naturales, pudiendo autorizarse, únicamente, actividades relacionadas con la investigación científica y la educación ambiental, siempre que sean compatibles con la protección del ecosistema de la Reserva.
2. Las actuaciones que se realicen para la conservación, protección, regeneración, recuperación y mejora de los hábitat propios de la Reserva, así como el mantenimiento de sus poblaciones animales y vegetales, sólo podrán ser ejecutadas por la Consejería competente en materia de gestión de los espacios naturales.