Artículo 4. Competencias de la comarca.
Artículo 4 de la Ley 8/2003, de 12 de marzo, de Creación de la Comarca del Bajo Martín. · BOE-A-2003-6601
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-20.
Texto consolidado
1. La Comarca del Bajo Martín tendrá a su cargo la ejecución de obras, la prestación de servicios y la gestión de actividades de carácter supramunicipal, cooperando con los municipios que la integran en el cumplimiento de sus fines propios.
2. Asimismo, la Comarca del Bajo Martín representará los intereses de la población y del territorio comprendido dentro de la delimitación comarcal, en defensa de la solidaridad y del equilibrio dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.