Artículo 4. Publicidad institucional.
Artículo 4 de la Ley 7/2017, de 22 de mayo, de Comunicación y Publicidad Institucional. · BOE-A-2017-6071
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-06-13.
Texto consolidado
1. Se denomina publicidad institucional al acto o conjunto de actos enmarcados en la comunicación institucional que, promovidos por los entes sujetos a esta ley, se realizan mediante la utilización de formatos, soportes o medios contratados con terceros o cedidos por estos.
2. La publicidad institucional forma parte de la comunicación institucional y, como tal, se sujeta a los principios descritos en el capítulo II de esta norma.