Artículo 4. Presentación de la documentación técnica en formato digital.
Artículo 4 de la Ley 5/2021, de 21 de diciembre, de medidas urgentes de impulso de los sectores primario, energético, turístico y territorial de Canarias. · BOE-A-2022-2543
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-12-28.
Texto consolidado
La documentación técnica presentada por las personas interesadas conforme a los decretos citados en el artículo 3.1 deberá ser en formato digital, sin necesidad de aportar copias de la misma.
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