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Ley Vigente

Artículo 4. Límites de la actividad voluntaria.

Artículo 4 de la Ley 4/2025, de 9 de octubre, del Voluntariado de Cantabria. · BOE-A-2025-21451

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-10-16.

Texto consolidado

1. La actividad de voluntariado no podrá implicar en ningún caso la sustitución o ser causa de amortización de puestos de trabajo en el sector público o privado.

2. No podrá sustituir a las Administraciones Públicas ni a las entidades contratadas, concertadas o subvencionadas por estas, en el desempeño de actividades o funciones que deban ser desarrolladas mediante contratación laboral o mediante la prestación de servicios profesionales retribuidos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-10-16.

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