Artículo 4. Límites de la actividad voluntaria.
Artículo 4 de la Ley 4/2025, de 9 de octubre, del Voluntariado de Cantabria. · BOE-A-2025-21451
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-10-16.
Texto consolidado
1. La actividad de voluntariado no podrá implicar en ningún caso la sustitución o ser causa de amortización de puestos de trabajo en el sector público o privado.
2. No podrá sustituir a las Administraciones Públicas ni a las entidades contratadas, concertadas o subvencionadas por estas, en el desempeño de actividades o funciones que deban ser desarrolladas mediante contratación laboral o mediante la prestación de servicios profesionales retribuidos.