Artículo 4. Ámbito de aplicación.
Artículo 4 de la Ley 4/2023, de 13 de abril, de Participación Ciudadana y Fomento del Asociacionismo de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2023-10640
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-10.
Texto consolidado
Las disposiciones de esta ley se aplicarán al ejercicio de las competencias de gobierno y administración de las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana y, en concreto, a:
1. La administración de la Generalitat y su sector público instrumental, en los términos definidos en el artículo 2.3 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.
2. Las entidades que integran la administración local de la Comunitat Valenciana y las entidades de su sector público, vinculadas o que dependen de la misma, en los términos y alcance establecidos en esta ley y sin perjuicio de su normativa específica y el respeto a su autonomía.
3. Cualesquiera otras entidades de derecho público con personalidad jurídica vinculadas a las administraciones públicas o dependientes de la administración de la Generalitat o de las entidades que integran la administración local de la Comunitat Valenciana, en los términos mencionados en los apartados anteriores.