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Ley Vigente

Artículo 4. Colegiación.

Artículo 4 de la Ley 4/2018, de 4 de mayo, de creación del Colegio Profesional de Ambientólogos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2018-8851

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-05-12.

Texto consolidado

Para el ejercicio de la profesión de ambientólogo en el ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma no será necesaria la previa incorporación al Colegio Profesional de Ambientólogos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sin perjuicio de lo que en esta materia se establezca en la legislación básica del Estado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-05-12.

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