Artículo 4. Relaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Artículo 4 de la Ley 4/2014, de 11 de septiembre, de creación del Colegio de Economistas de La Rioja por unión del Colegio de Economistas de La Rioja y del Colegio de Titulares Mercantiles de La Rioja. · BOE-A-2014-9899
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-09-18.
Texto consolidado
El Colegio de Economistas de La Rioja se relacionará en los aspectos corporativos e institucionales con la consejería que tenga atribuidas competencias en materia de colegios profesionales y, en lo relativo al contenido de la profesión, con las consejerías competentes por razón de la actividad de los colegiados.