Artículo 4. Ámbito territorial de las cámaras.
Artículo 4 de la Ley 4/2009, de 15 de octubre, de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2010-16090
Atención: Ley 4/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En cada provincia de la región existirá una cámara oficial de comercio e industria, con sede en su respectiva capital. Su ámbito de actuación se extenderá a su demarcación provincial respectiva, no pudiéndose crear cámaras de ámbito territorial inferior.