Artículo 4.
Artículo 4 de la Ley 4/1987, de 7 de abril, de los Consejos Escolares. · BOE-A-1987-11091
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-04-21.
Texto consolidado
El Consejo Escolar de Canarias es el órgano para la participación de los sectores afectados en la programación general de la enseñanza en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como de asesoramiento respecto de los proyectos de Ley o Reglamentos que hayan de ser propuestos o dictados por el Gobierno de Canarias.