Artículo 4. De la financiación de los créditos aprobados en el artículo 2 de la presente ley.
Artículo 4 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. · BOE-A-2022-22128
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
Los créditos aprobados en el apartado Uno del artículo 2 de esta ley, que ascienden a 485.985.812,22 miles de euros se financiarán:
a) Con los derechos económicos a liquidar durante el ejercicio, que se detallan en los estados de ingresos correspondientes y que se estiman en 389.927.494,47 miles de euros; y
b) con el endeudamiento neto resultante de las operaciones que se regulan en el capítulo I del título V de esta ley.