Artículo 4. Principios rectores de la actividad.
Artículo 4 de la Ley 3/2001, de 4 de mayo, de Juego y Apuestas. · BOE-A-2001-12264
Atención: Ley 3/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los principios inspiradores de la regulación contenida en la presente Ley y a los que deberá ajustarse su desarrollo reglamentario son:
a) La realidad e incidencia social de los mismos y sus repercusiones económicas y tributarias.
b) La diversificación empresarial del juego y las apuestas, favoreciendo la transparencia en el mercado y la concurrencia en condiciones de igualdad de las personas físicas y jurídicas dedicadas a la explotación de los juegos y apuestas.
c) No fomentar el hábito del juego, así como reducir sus efectos negativos, en particular con relación a los menores de edad y los incapacitados judicialmente.