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Ley Vigente

Artículo 4.

Artículo 4 de la Ley 3/1982, de 21 de diciembre, sobre el himno y el escudo de Andalucía. · BOE-A-1983-4469

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-01-24.

Texto consolidado

Queda prohibida la utilización del escudo de Andalucía en cualquier símbolo o siglas de partidos políticos, sindicatos, asociaciones empresariales o cualesquiera entidades privadas, así como su uso como distintivo de producto o mercancía alguna.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1983-01-24.

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