Artículo 4. Ámbito temporal de la responsabilidad medioambiental.
Artículo 4 de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental. · BOE-A-2007-18475
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-10-25.
Texto consolidado
Esta ley no será de aplicación a los daños medioambientales si han transcurrido más de treinta años desde que tuvo lugar la emisión, el suceso o el incidente que los causó.
El plazo se computará desde el día en el que haya terminado por completo o se haya producido por última vez la emisión, el suceso o el incidente causante del daño.