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Ley Derogada

Artículo 4. Forma jurídica y clases.

Artículo 4 de la Ley 25/2005, de 24 de noviembre, reguladora de las entidades de capital-riesgo y sus sociedades gestoras. · BOE-A-2005-19412

Atención: Ley 25/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Uno. Las entidades de capital-riesgo pueden adoptar la forma jurídica de sociedades de capital-riesgo o de fondos de capital-riesgo.

Dos. Asimismo, las entidades de capital-riesgo pueden ser de dos clases: régimen común o régimen simplificado.

Son entidades de régimen simplificado aquellas que reúnan estas características:

a) La oferta de acciones o participaciones debe realizarse con carácter estrictamente privado, esto es, sin actividad publicitaria, entendiendo por tal lo dispuesto en el artículo 3 del Real Decreto 291/1992, de 27 de marzo, sobre emisiones y ofertas públicas de venta de valores.

b) La oferta de acciones o participaciones debe realizarse con un compromiso mínimo de inversión de 500.000 euros exigible a cada inversor. No obstante, no se exigirá compromiso mínimo de inversión cuando los inversores sean institucionales, tales como fondos de pensiones, instituciones de inversión colectiva, entidades aseguradoras, entidades de crédito o las empresas de servicios de inversión, que realicen habitual y profesionalmente inversiones en valores negociables o instrumentos financieros, ni cuando sean administradores, directivos o empleados de la sociedad de capital-riesgo o de la sociedad gestora de la entidad de capital-riesgo.

c) Deben contar con un número de accionistas o partícipes igual o inferior a veinte. A los efectos del cómputo de este número, no se tendrán en cuenta, en su caso, a los inversores institucionales ni a aquellos que sean administradores, directivos o empleados de la sociedad de capital-riesgo o de la sociedad gestora de la entidad de capital-riesgo.

Tres. Son entidades de régimen común las que no reúnan alguna de las características señaladas en el apartado anterior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-12-25.

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