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Ley Vigente

Artículo 4. Competencias de la comarca.

Artículo 4 de la Ley 22/2001, de 21 de diciembre, de Creación de la Comarca Gúdar-Javalambre. · BOE-A-2002-1223

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-12-27.

Texto consolidado

1. La Comarca de Gúdar-Javalambre tendrá a su cargo la ejecución de obras, la prestación de servicios y la gestión de actividades de carácter supramunicipal, cooperando con los municipios que la integran en el cumplimiento de sus fines propios.

2. Asimismo, la Comarca de Gúdar-Javalambre representará los intereses de la población y del territorio comprendido dentro de la delimitación comarcal, en defensa de la solidaridad y del equilibrio dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-12-27.

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