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Ley Vigente

Artículo 4. Competencias de la comarca.

Artículo 4 de la Ley 20/2002, de 7 de octubre, de creación de la Comarca del Bajo Cinca/Baix Cinca. · BOE-A-2002-20475

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-10-08.

Texto consolidado

1. La Comarca del Bajo Cinca/Baix Cinca tendrá a su cargo la ejecución de obras, la prestación de servicios y la gestión de actividades de carácter supramunicipal, cooperando con los municipios que la integran en el cumplimiento de sus fines propios.

2. Asimismo, la Comarca del Bajo Cinca/Baix Cinca representará los intereses de la población y del territorio comprendido dentro de la delimitación comarcal, en defensa de la solidaridad y del equilibrio dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-10-08.

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