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Ley Derogada

Artículo 4. Capital social.

Artículo 4 de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada. · BOE-A-1995-7240

Atención: Ley 2/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El capital no podrá ser inferior a quinientas mil pesetas, se expresará precisamente en esta moneda y desde su origen habrá de estar totalmente desembolsado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-06-01.

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