Artículo 4. Presentación.
Artículo 4 de la Ley 18/2015, de 23 de diciembre, de cuentas abiertas para la Administración Pública Extremeña. · BOE-A-2016-730
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-12-30.
Texto consolidado
1. La información será presentada de una forma clara, estructurada y entendible para los interesados y, preferiblemente, en formato reutilizable.
2. El acceso a los datos de las cuentas bancarias en los términos previstos en la presente Ley, se adaptará en materia de seguridad e interoperabilidad a lo previsto en el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica, y en el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.