Artículo 4. Régimen jurídico de los Consejos.
Artículo 4 de la Ley 18/1999, de 29 de abril, reguladora de los Consejos de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1999-17591
Atención: Ley 18/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los Consejos de Atención a la Infancia y la Adolescencia, cualquiera que sea su ámbito territorial de actuación, se regirán por lo establecido en la presente Ley, las normas generales de organización y funcionamiento que se regularán mediante Decreto, por sus normas particulares de organización y funcionamiento y, con carácter general, por lo establecido para los órganos colegiados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.