Artículo 4. Depósito de fianzas de contratos de suministros y servicios.
Artículo 4 de la Ley 13/1996, de 29 de julio, del Registro y el Depósito de Fianzas de los Contratos de Alquiler de Fincas Urbanas y de Modificación de la Ley 24/1991 de la Vivienda. · BOE-A-1996-19382
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-08-03.
Texto consolidado
También son objeto de depósito sin interés las fianzas que las empresas de suministros y servicios exigen a los abonados para la formalización de contratos que afectan a fincas urbanas.