Artículo 4. Régimen de protección, uso y gestión.
Artículo 4 de la Ley 12/1994, de 18 de julio, de Declaración del Parque Regional de Picos de Europa, en Castilla y León. · BOE-A-1994-18883
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-10.
Texto consolidado
El régimen de protección, uso y gestión del Parque Regional Montaña de Riaño y Mampodre es el establecido en la Ley 8/1991, de 10 de mayo, de Espacios Naturales de la Comunidad de Castilla y León, en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y en los demás instrumentos de planificación y normas que se desarrollen en aplicación de lo dispuesto en la citada Ley.#df-3
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 4/2020, de 14 de diciembre, de declaración del Parque Natural de "Sabinares del Arlanza-La Yecla" (Burgos)..